¿Reconocéis a simple vista esta marca?
Ayer las redes ardían con el Fallo del Tribunal General de la UE, en Sentencia de 19 de junio de 2019, por decidir que Adidas perdía la exclusividad de su marca de tres franjas paralelas de igual grosor, en cualquier dirección.
El motivo: no probarse el carácter distintivo de la marca, tanto intrínseco como adquirido por el uso en todo el territorio de la UE, considerándola una marca figurativa ordinaria y no una marca de patrón.
¿Qué significa adquirir carácter distintivo?
Existe carácter distintivo cuando los consumidores podemos relacionar automáticamente estas tres franjas con Adidas, es decir, cuando vemos productos con este signo y percibimos directamente que provienen de Adidas, haciendo una asociación directa entre los productos o servicios y el origen empresarial de estos.
¿Cuál ha sido el punto controvertido?
Probar si la totalidad de los consumidores del territorio de la UE relacionamos directamente estas tres franjas de igual grosor con la marca Adidas.
De la prueba aportada por la marca el Tribunal reconoció el uso distintivo en 5 países, pero no fue suficiente para afirmar que el uso adquirido en todo el territorio de la UE. Además precisó que no cabe tener en cuenta la combinación de colores y la inversión de las bandas blancas sobre el fondo negro por alejarse de las características esenciales de la marca.
¿Concluimos?
El Tribunal General de la UE ha confirmado la nulidad de la marca y le ha puesto fin al monopolio de las tres franjas a Adidas, por lo que ahora otras compañías podrían incorporar tres franjas en cualquier dirección en sus productos. Por todo esto ahora muchos pueden dudar de las garantías de protección del derecho de marcas… Tendremos que esperar a que Adidas recurra en casación y ver que sucede.
Os acompaño aquí el link de la Sentencia por si queréis darle un vistazo: http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=76A012454C7746B57D138A4C83801DC8?text=&docid=215208&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=10230595
Pompili