El Jurado de Publicitad de Autocontrol (organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria) emitió el viernes pasado el primer dictamen en España que califica la publicación de una influencer como publicidad encubierta por no etiquetarla en Instagram como contenido publicitario.
La influencer Paulina Eriksson publicó en su Instagram una foto con unos auriculares inalámbricos en la que aparecía etiquetada la marca Urbanista y decía “No molestar cuando estoy escuchando música”, y nada más, ni hashtags publicitarios ni colaboraciones.
Tras una denuncia particular dirigida a Autocontrol sobre lo expuesto, en las primeras comunicaciones entre la influencer y Autocontrol, la influencer agregó en la publicación en controversia el #ad (anuncio, en inglés). Pero el Jurado ha considerado que dicho hashtag se insertó (posteriormente) y al final del mensaje de la publicación, de forma diluida y pasando totalmente desapercibido para el público destinatario, y entendiendo que dicha acción posterior de añadir el hashtag reflejaba claramente que se trataba de un propósito comercial.[1]
El dictamen asegura la existencia de infracción afirmando que “la naturaleza publicitaria del mensaje no resulta identificable por el destinatario […] induciéndole a pensar que se trata de una mera opinión personal”.[2] Siendo necesario que el contenido promocional sea transparente y totalmente reconocido por los seguidores y usuarios.
Además, y en especial atención para los influencers, el dictamen rechaza el argumento alegado por la influencer que manifestó que al no recibir una contraprestación por parte de la marca hace que no pueda considerarse el post como anuncio. Autocontrol ha afirmado que la naturaleza publicitaria de los mensajes deriva de sus características y circunstancias específicas, y no de recibir o no contraprestación.[3]
Ha sido la primera acusación por publicidad encubierta de un influencer que Autocontrol ha recibido, pero esta no es vinculante, por lo que no conlleva ninguna multa económica ni penalización. Aunque Eriksson si va a ser un precedente a la hora de determinar claramente que contenido es publicidad y con quien se colabora.
Ya que actualmente sigue en desarrollo el código de conduta sobre el uso de influencers en la publicidad, regulado por la Asociación Española de Anunciantes (AEA) y Autocontrol.
Por el momento, a la espera de la publicación del código, es necesario que el contenido publicitario en redes sociales esté completamente identificado, siendo recomendable el etiquetar correctamente el contenido publicitario añadiendo el #ad, #publi o #patrocinio de forma totalmente visible y clara e incluyendo las colaboraciones con marcas mediante las herramientas de las redes sociales para evitar incurrir en cualquier situación de publicidad encubierta.
En resumen, es necesario etiquetar correctamente el contenido publicitario en redes sociales, porque no informar a los seguidores de esto terminará, en su debido momento, con posibles sanciones económicas.
Pompili
[1] https://www.publico.es/sociedad/instagram-autocontrol-senala-primera-vez-publicidad-encubierta-influencers.html [2] https://elpais.com/economia/2020/01/24/actualidad/1579879911_304193.html [3]Idem, https://elpais.com/economia/2020/01/24/actualidad/1579879911_304193.html